El gobierno provincial oficializó la reglamentación de aspectos clave de la Ley Orgánica de Municipalidades para ordenar la transición de los gobiernos locales. La normativa decretada fija plazos específicos para que los distritos informen sus modificaciones de estructura legislativa antes del cierre de año.
Las localidades tendrán tiempo hasta fines de noviembre para notificar cualquier cambio en la conformación de sus órganos de gobierno. La coordinación de tiempos electorales busca garantizar la correcta planificación de los comicios previstos para dos mil veintisiete en todo el territorio provincial.
Para definir el volumen de bancas legislativas de cada distrito, el Ejecutivo tomará como referencia los informes demográficos confeccionados por el IPEC. El cálculo del censo poblacional contemplará datos actualizados e ignorará de los padrones locales a las personas alojadas en complejos penitenciarios regionales.
Los internos privados de la libertad mantendrán su vinculación política según la dirección fijada en sus documentos de identidad personales. Esta disposición de orden padronal evita distorsiones en la escala de representación de aquellas comunas que albergan unidades carcelarias dentro de sus fronteras.
El nuevo esquema institucional consolida la transformación de las antiguas comunas en municipios autónomos con intendente y comisiones o concejos. El proceso de adecuación normativa garantiza previsibilidad jurídica para ordenar la representación democrática en cada una de las localidades santafesinas.
